Con base a los razonamientos precedentes este Tribunal Penal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA REDIMIDO el lapso de UN (01) AÑO, ONCE (11) MESES Y DOS (02) DÍAS, de la pena total que cumple la penada NORAXY LISSETH NAVA, titular de la cédula de identidad N° 11.915.713.
QUINTO: Efectuado como ha sido el cómputo por redención de la pena, se observa que la penada NORAXY LISSETH NAVA, titular de la cédula de identidad N° 11.915.713, durante el tiempo de su reclusión ha REDIMIDO UN (01) AÑO, ONCE (11) MESES Y DOS (02) DÍAS, que sumados al tiempo de detención efectiva que es de CUATRO (04) AÑOS, ONCE (11) DÍAS, hacen un total de pena cumplida con redención de CINCO (05) AÑOS, ONCE (11) MESES, TRECE (13) DÍAS, y por cuanto fue sentenciada a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN, le fa.....