excluye del conocimiento de la presente causa al abogado en ejercicio RAMON HENDER ANIBAL SOTO RINCON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 10.718.491, inscrito en el Inpreabogado N° 73.820, quien actúa como apoderado judicial de la ASOCIACIÓN CIVIL ESCUELA TAURINA HUMBERTO ÁLVAREZ, identificados en autos, y por cuanto el presente juicio no puede entrar ni en suspensión ni en paralización, es por lo que dicha Asociación Civil debe hacerse asistir u otorgarle poder a otro abogado de su confianza si lo considera necesario, razón por la cual el mencionado abogado aquí excluido deberá avisarle a la parte inmediatamente, por el medio más rápido para que provea lo conducente, todo ello por aplicación analógica del primer aparte del artículo 159 del Código de Procedimiento Civil, toda vez que los apoderados están sometidos en sus gestiones, en el proceso, a las disposiciones del Código Civil, en cuanto a las facultades deberes y formalidades, en concordancia a .....