Visto el convenimiento suscrito entre las partes ciudadanos PAULA FLORENCIA ESCALANTE FERNANDEZ e ISAIS CONTRERAS RIVAS, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V.- 9.392.343 y V.-3.004.729, asistidos por los Abogados OSWALDO DE JESUS VALERO Y MARIA EMILIA CARETT RIVAS, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V.- 5.203.766 y V.- 13.584.219, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 27.946 y 82.155, en fecha 17 de febrero de 2010, y que corre inserto al folio ochenta y siete (87), del presente expediente. Este Tribunal HOMOLOGA el mismo,