Primero: Conforme a lo solicitado por el Fiscal Décimo Octavo del Ministerio Público Abg. Harvey Gutiérrez y con fundamento en los artículos 561 literal ¿d¿ de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, se declara el sobreseimiento definitivo, a favor del ciudadano (reservado), en el presente asunto penal, seguido en su contra por hechos precalificados como el delito de Actos Lascivos, en perjuicio de la ciudadana María Consuelo López González. Segundo: A tal efecto, de conformidad con el artículo 319 del Código Orgánico Procesal Penal, se le pone término al presente procedimiento y se hacen cesar las medidas cautelares menos gravosas impuestas al investigado, por el Tribunal Tercero de Control de Responsabilidad Penal del Adolescente de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo, en fecha tres de marzo del año dos mil dos (03-03-2002), conforme al artículo 582 li.....