DISPOSITIVA
En base de los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCION N° 02 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, EXTENSIÓN EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 471 numeral 1, 496 y 497 del Código Orgánico Procesal Penal, 155 y 156 del Código Orgánico Penitenciario, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECRETA LA REDENCIÓN JUDICIAL DE LA PENA impuesta mediante sentencia definitivamente firme al penado DANIEL TORRES PALOMINO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 24.719.547, nacido en fecha 17/07/1963, de 59 años de edad, natural de Cali, Colombia, casado, obrero, con grado de educación primaria, hijo de Belarmina Palomino de Torres (f) y de José Noe Torres (f), residenciado en la Bubuqui III, calle Simón Bolívar, casa S/N, con paredes de color amarillo con rejas y venta.....