en consecuencia ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 02 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA EXTENSION EL VIGIA. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA EL SOBRESEIMIENTO en la presente causa A FAVOR de los ciudadanos YUDITH COROMOTO QUINTERO, titular de la cédula de identidad N° 9.372.712, residenciada en el Barrio San Isidro, calle 11 con avenida 18, casa N° 17-83, El Vigía, Estado Mérida y FRANCISCO LUIS MARRIAGA, indocumentado, residenciado en el Barrio la Inmaculada, frente a Revica, casa s/n, El Vigía, Estado Mérida; por la comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal; en perjuicio del ciudadano VICENTE ALARCÓN MENDOZA, titular de la cédula de identidad N° 4.493.967, residenciado en residencias El Tinajero, piso 4, Apto. B-4, Ejido, Estado Mérida; de conformidad con lo establecido en los artículos 318 numeral 3 y 48 numeral 8 de.....