Por las razones antes expuestas este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 07 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, UNO: declara sin lugar la solicitud de decaimiento de medida cautelar sustitutiva de privación de libertad, interpuesta por la abogada SHEILA DEL R. ALTUVE P., defensora pública del imputado: LENNIN ALIRIO CACERES RANGEL, Venezolano, natural de El Vigía, Estado Mérida, nacido en fecha 03-12-1987, de 19 años de edad, de profesión u oficio Obrero Agricultor, titular de la cédula de identidad 18.055.399, hijo de ALIRIO CÁCERES (v) y MARIBEL RANCEL (V), residenciado en El Sector Mesa Alta a 500 mts de la Planta de tratamiento Aguas de Mérida, casa sin número, Mucujepe, Estado Mérida, a quien se le sigue la presente causa por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en los artículos 42 de la Ley O.....