este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución No. 02, del Circuito Judicial Penal, de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ORDENA el siguiente EJECÚTESE:PRIMERO: Se designa como lugar de reclusión para el penado MARCOS JOSE PAREDES GALLARDO, antes identificado, el Centro Penitenciario de la Región Andina, con sede en San Juan de Lagunillas, Estado Mérida. Hágase el cómputo respectivo, de conformidad con lo establecido en los artículos 479, 482 y 484 del Código Orgánico Procesal Penal. por cuanto fue sentenciado a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISIÓN, le resta por cumplir la pena de CATORCE (14) AÑOS, NUEVE (09) MESES Y TRECE (13) DÍAS DE PRISION, la cual se estima terminará de cumplir el día 05 DE NOVIEMBRE DE 2.016, AL FINALIZAR EL DIA. Igualmente deberá cumplir con la pena accesoria establecida en el artículo 16, numeral 1, del Código Penal, De conformidad con lo establecido en los artículos 482, primer párrafo, y 5.....