DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas en Materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y por ende la responsabilidad criminal y como consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguida al ciudadano CHRISTIAN ELIÉCER ALBONOZ BARRUETA, natural del estado Bolivariano de Mérida, nacido en fecha 11/09/1996, de 20 años de edad, estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-26.214.657, ocupación u oficio estudiante, domiciliado en: Avenida Los Próceres, Sector Monte Bello, casa 5-80, calle principal, a la altura de casa blanca, Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida; por la presunta comisión del delito VIOLENCIA FISICA previsto y .....