Por todo lo anteriormente expuesto; éste Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, intentado por EDGAR AMANDO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad, N° 3.428.056, inscrito en el Inpreabogado, bajo el N° 17.72, actuando en nombre y representación del ciudadano CARLOS RANGEL RONDÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, N° 9.475.508, en contra de los ciudadanos: JANET LEONOR ANGULO RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-10.710.424, domiciliada en el sector Mesa del Tanque, subiendo por la carretera vieja, casa Nº 03, y YOGLIS JOSÉ RAMÍREZ MÁRQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-14.623.761, domiciliado en el sector Salado Medio, Fondo La esp.....