Este Tribunal considera que la falta de consignación del acta de defunción de la ciudadana FANNY JOSEFINA CUEVAS VALERO (+) constituye un obstáculo insalvable para la admisión de la demanda de reconocimiento de contenido y firma a razón de la vulneración del derecho a la defensa de los posibles herederos conocidos de la misma, y haciendo imposible determinar lo alegado por la parte actora en cuanto a la acción propuesta, y con fundamento a la doctrina expuesta en el sub iudice considera quien aquí decide, que por cuanto, el presente juicio, no reunió los requisitos de admisibilidad establecidos por la ley, en concordancia con el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, cuyos requisitos son fundamentales para interponer el reconocimiento de contenido y firma, debe ser declarada INADMISIBLE la presente acción de conformidad con el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil.