Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente mencionadas ÉSTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en los Artículos 26, 257 y 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 250 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda expedir ORDEN DE APREHENSION en contra del imputado: TRINO RAMON DAVILA MARQUEZ, venezolano, de 33 años de edad, fecha de nacimiento 05-07-1975, natural de El Vigía Estado Mérida, soltero, titular de la cedula N° 12.656.513 comerciante, de hijo de TRINO RAMON DAVILA y de MARIA MARQUEZ, residenciado en la Urbanización Sur América, avenida 3, casa N° 30, El Vigía Estado Mérida, teléfono 0426-8770518, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines d.....