Dispositiva:
Por las razones anteriormente analizadas, este Tribunal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, hace los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: Se declara en FLAGRANCIA la detención de los ciudadanos LUÍS ENRIQUE QUINTERO RODRIGUEZ y FAUSTINO RONDÓN ERAZO, por considerar que se encuentran llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico procesal Penal, por el delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópica, previsto y sancionado en el articulo 31, segundo aparte, de la Ley Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
SEGUNDO: Se decreta en contra de los imputados Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad consistente en FIANZA PERSONAL, de conformidad con los artículos 250, 256 y 258 del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: Decl.....