Declara CON LUGAR la acción de DIVORCIO, intentada por la ciudadana: NELLY SOCORRO PEREZ GOMEZ, antes identificada, en contra de su cónyuge ciudadano: ANDRES ARAQUE SAAVEDRA, identificado en autos, con fundamento en el ordinal segundo (abandono voluntario) del artículo 185 del Código Civil vigente venezolano, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que los unió, contraído por ante la Prefectura Civil, actualmente Registro Civil de la Parroquia Domingo Peña, Municipio Libertador del Estado Mérida, en fecha tres (03) de diciembre del año mil novecientos noventa y ocho (03/12/1998), acta Nº 47.