PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA de conformidad con el encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en el presente juicio que por RETRACTO LEGAL ARRENDATICIO, ha incoado el abogado ORLANDO DE JESUS DAVILA RAMIREZ, apoderado judicial del ciudadano, MIGUEL KAMEL HAMOUI OSINSKI, contra los HEREDEROS CONOCIDOS del causante JOSÉ FABIO GRISOLÍA GARCÍA, MARÍA EUGENIA GRISOLÍA SÁNCHEZ, FAVIO JOSÉ GRISOLÍA SÁNCHEZ, MAGALY SÁNCHEZ DE GRISOLÍA, a la Empresa DESARROLLOS AGROPECUARIOS VISTA DE CARMEN, S.A., en la persona de su Presidenta ciudadana MAGALY DE LA TRINIDAD SÁNCHEZ y a los HEREDEROS DESCONOCIDOS del causante JOSÉ FABIO GRISOLÍA GARCÍA.
SEGUNDO: Notifíquese a la parte actora haciéndole saber que el lapso para que interponga el recurso que considere pertinente, contra la presente decisión comenzará a correr una vez que conste en autos su notificación. Líbrese por auto separado la correspondiente boleta, y entréguesele al Alguacil para que la haga efectiva.
.....