JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, veinticuatro de mayo del dos mil seis.
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Vista la diligencia anterior de fecha 18 de mayo del 2.006, suscrita por el abogado en ejercicio CARLOS TORO GAVIDIA, en su carácter de apoderado actor en el proceso, mediante la cual consigna cheque de gerencia N° 23101760, por la suma de DIEZ MILLONES TRESCIENTOS CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 10.305.000,oo), librado por la entidad bancaria BANESCO, a nombre del ciudadano FELIPE PEÑA TORO, dando así cumplimiento al auto dictado en fecha 15 de mayo del 2.006. En consecuencia, el Tribunal admite dicha solicitud de OFERTA REAL DE PAGO a favor del ciudadano FELIPE PEÑA TORO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-9.047.994, domiciliado en el sector Las Lomitas, aldea La veguilla, Parroquia Mucutuy, Municipio Arzobispo Chacón del Estado Mérida y hábil, por n.....