PRIMERO: CON LUGAR la demanda de desalojo de local comercial interpuesta en fecha 04 de julio de 2022, interpuesta por la ciudadana ELDA IBARRA CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-9.025.943, debidamente asistida por el profesional del derecho JOSÉ NEPTALÍ GONZÁLEZ ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-13.022.885, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 112.581, por desalojo de conformidad con el literal A del artículo 40 de la Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial, contra el ciudadano ALEXANDER ENRIQUE GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-15.594.262. ASÍ SE DECLARA.-
SEGUNDO: En consecuencia, este Tribunal ordena a la parte arrendataria demandada hacer efectiva entrega del inmueble en cuestión a la parte actora, libre de personas, muebles, animales y/o cosas, a saber, constituido por un local comercial que forma parte int.....