DECISIÓN
Es con fuerza en las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente explanadas, que esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR los recursos de apelación de sentencia signados bajo los números LP01-R-2015-000150, LP01-R-2015-000152, LP01-R-2015-000153 y LP01-R-2015-000201, interpuestos en fechas 21 y 22 de mayo y 22 de junio de 2015, por los abogados José Gregorio Lobo Rangel, Josuan Vielma Monsalve y Edwin Michael Guadalupe, con el carácter de defensores de confianza del ciudadano Luis Antonio Rivas Márquez (LP01-R-2015-000150), por los abogados José Francisco García Ramírez y María Gabriela Quintero Rodríguez, con el carácter de defensores de confianza de la ciudadana Geraldine Gabriela Toro (LP01-R-2015-000152), por el abogado Siro de Jesús .....