DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto este Tribunal de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: DECRETA LA APREHENSION EN FLAGRANCIA, en contra del imputado DANILO GUZMAN CARDOZO, de nacionalidad Colombiana, natural de Divaguei Tolima, de 53 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio constructor, fecha de nacimiento¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬ 10-06-54, grado de instrucción sexto grado, titular de la cédula de ciudadanía colombiana N° 14.217.577, hijo de MATILDE CARDOZO DE LEAL (V) y ADIEL LEAL ARANGO (F), dirección en Cúcuta Barrio La libertad, Aniversario 2, casa 17, por cuanto existen elementos de convicción en el expediente que lo hacen autor o participe en los delitos de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453, numera.....