Se público el texto integro de la sentencia por admisión de los hechos dictada en fecha 24-04-2008, en el cual se realizaron los siguinetes pronunciaminetos, PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 367 del Código adjetivo penal CONDENA al acusado ciudadano: FRANYER ALEXIS PARRA URDANETA, por la comisión del delito de PORTE DE ARMA DE FUEGO, de conformidad a lo establecido en los artículo 277 del Código Penal Venezolano en concordancia con artículo 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, a cumplir la pena de: UN (1) AÑO Y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN, más las penas accesorias de Ley correspondientes, previstas en el artículo 16 del Código Penal, como lo son: la inhabilitación política durante el tiempo de la condena y la sujeción de la vigilancia de la autoridad por una quinta parte de la condena, terminada ésta. De conformidad con el artículo 376 Código Orgánico Procesal Penal.
EL JUEZ EN FUNCIONES DE JUICIO N° 04
ABG. HERIBERTO ANTONIO PEÑA