esta Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, les imparte su aprobación y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 315 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el mencionado acuerdo suscrito por los ciudadanos LUIS ENRIQUE QUINTERO BORREGALES y MARIOLY KARINA CONTRERAS GOMEZ, ut supra identificados, el cual quedo establecido en los siguientes términos: el padre compartirá con su hijo todos los días retirara al niño de la escuela, independientemente del horario, en casos de excepción lo buscara la madre, los días lunes, miércoles el niño será entregado en la casa de la madre a las 6:30 p.m. los martes y jueves pernoctara con el padre y lo llevara a su lugar de estudios, los fines de semana serán alternados entre ambos padres, los días viernes cada 15 días, cuando el fin de semana corresp.....