Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito judicial Penal del Estado Mérida, actuando en sede Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por los privados de libertad del Centro Penitenciario de la Región Andina, contra la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 04 de este Circuito Judicial Penal, de fecha 23 de Mayo de 2005, mediante la que declaro INADMISIBLE la acción de amparo interpuesta por los recurrentes, contra el Capitán OMAR VALERO, por considerar esta Alzada que la decisión apelada, se encuentra ajustada a derecho.