PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la recusación propuesta contra el Juez Accidental del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, abogado OSCAR ENRIQUE MÉNDEZ ARAUJO, propuesta, mediante diligencia de fecha 08 de abril de 2005, por la abogada DILCIA MARÍA SOSA CONTRERAS, argumentando su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, INVERSIONES HOTELES Y TURISMO C.A., en el juicio que sigue en su contra la empresa CONTRUCTORA ROCAL C.A., por Cobro de Bolívares y Otorgamiento de Documento.
SEGUNDO: En virtud del pronun¬cia¬miento anterior, de conformidad con el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, se impone a la parte recusante, multa por la canti¬dad de DOS MIL BOLÍVARES (Bs. 2.000,¬oo), que deberá ser pagada dentro del lapso de tres (3) días de despacho siguientes a la expedición de la correspondiente planilla, con la advertencia de que si la misma no pagaré la multa impuesta en el t.....