En mérito de lo anterior, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución N° 03, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la extinción de la acción penal por prescripción de la Pena a favor del ciudadano JOSÉ ALEXANDER VALECILLOS PARRA, venezolano, mayor de edad, natural de Mérida, nacido en fecha: 30-04-72, de 36 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.718.543, y domiciliado en el Barrio San José de las Flores, parte baja, calle 2, casa 1-1, Mérida, de conformidad con lo previsto en el ordinal 1° del artículo 112 del Código Penal.
Se acuerda notificar a las partes y remitir las actuaciones al archivo judicial una vez firme lo decidido.
EL JUEZ DE EJECUCIÓN N° 03
ABOG. NELSON JOSÉ TORREALBA ÁNGEL
LA SECRETARIA
En fecha______________, se notificó bajo los Nros. _____________________________.-