Por lo antes expuesto este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en esta ciudad de Tovar, Administrando Justicia en Nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la rectificación de las partidas de nacimiento de los ciudadanos: RAMONA DEL CARMEN MORA RAMÍREZ, MARÍA LUCILA MORA DE ARELLANO, JOSÉ RAMÓN MORA RAMÍREZ, JOSÉ GUSTAVO MORA RAMÍREZ, ANA ALICIA MORA RAMÍREZ, JULIO CESAR MORA RAMÍREZ, ALCIRA MORA RAMÍREZ, OLIRIA MORA DE CONTRERAS, inserta por ante el Registro Civil de las Parroquias Tovar ¿ El Amparo, Municipio Tovar del Estado Mérida, y se establece que el nombre y apellido de los padres de los solicitantes es MARÍA JULIANA RAMÍREZ DE MORA y FREDELINDO MORA CARRERO, quedan así rectificadas. A tales efectos, expídase por la secretaria de este Tribunal, copia fotostática certificada de la presente sentencia y junto con oficio se acuerda remitir a los organismos c.....