Este Tribunal dicta sentencia en la presente causa en los términos siguientes: PRIMERO: Se declaro parcialmente con lugar el recurso de apelación interpuesto el 5 de abril de 2022, por la parte actora, ciudadano RAMÓN ERNESTO ARIAS PRESILLA, asistido por la abogada CLODALDA AIDA VIELMA, contra el auto de fecha 29 de marzo de 2022, proferido por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, en el juicio seguido por el apelante, ciudadano RAMÓN ARIAS PRESILLA, contra los ciudadanos ANGELINA MARÍA MAGRI MORENO, JOSE INOCENCIO CONTRERAS BRICEÑO y TERESA GIULIA MAGRI MORENO, por NULIDAD RELATIVA DE VENTA. SEGUNDO: se ordeno al Tribunal a quo la reanudación de la presente causa, en el estado de agotar la citación personal vía carteles de la ciudadana TERESA GIULIA MAGRI MORENO a los fines legales correspondientes. TERCERO: Por la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.