PRIMERO: Se declara procedente la solicitud de medida de protección a la producción, presentada por la abogada JHOSSELYN CAROLINA AMAYA FERNANDEZ, en su carácter de Defensora Pública Agraria Nº 01 de la Extensión de la Unidad de Defensa Pública de El Vigía, Estado Mérida, actuando previo requerimiento de los ciudadanos MARCIA DEL COROMOTO GRATEROL ARAUJO, MARIA MAGDALENA GRATERAL ARAUJO, MARIA ROMELIA GRATEROL ARAUJO y ANGEL RAMON GRATEROL ARAUJO, y, consecuencialmente decreta medida de protección a la producción a favor de los ciudadanos antes mencionados, sobre un lote de terreno ubicado en el sector Las Acacias, Parroquia Independencia, Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Mérida, con una extensión de DOS HECTAREAS CON SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON CUARENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (2 has con 6.484.49 mts2).SEGUNDO: De igual manera vale resaltar que la naturaleza de la presente medida de protección a la producción es sólo referente a la actividad agraria que se re.....