Por los fundamentos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide: Único: Se declara inadmisible el recurso de apelación, ejercido por el abogado Jorge Alexander Contreras, debidamente asistido por los abogados Oscar Ardila Zambrano y Francisco Cermeño Zambrano, en contra del auto publicado en fecha catorce de junio del año dos mil veinticuatro (14-06-2024), por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control Municipal del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, mediante el cual se acordó abrir articulación probatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 177 del Código Procedimiento Civil, a los fines de verificar cuál de los dos solicitantes tiene mejor derecho con relación a la solicitud de la entrega del vehículo, en la causa signada con el N° LP01-S-2023-000267, seguida .....