Definitivamente firme como quedó la sentencia dictada en fecha 05-10-2010 por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio Nro. 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, cursante del folio 642 al 649 de las actuaciones, mediante la cual condenó al ciudadano DAVID ALEXANDER BARRIOS, venezolano, soltero, nacido en fecha 22 de agosto del año 1984, de 26 años de edad, de ocupación trabajador de un puesto en el Mercado Principal de Mérida, titular de la cédula de identidad Nº V-16.743.857, hijo de Elbia María Barrios Ramírez y de padre desconocido, residenciado en Santa Juana, Avenida Pulido Méndez, casa S/N, cerca de la línea de taxi, Mérida Estado Mérida
Donde lo condena a cumplir la pena de: TRECE (13) AÑOS DE PRISIÓN, como autor voluntario y penalmente responsable del delito de: Robo Agravado, Robo Propio y Porte Ilícito de Arma Blanca, previstos y sancionados en los artículos 458, 455 y 277 del Código Penal, respectivamente.
Éste Juzga.....