ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 02 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA EL SOBRESEIMIENTO en la presente causa A FAVOR del Ciudadano EDUARDO ANTONIO MEJIAS SÁNCHEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N°-7.963.836, sin domicilio determinado, de conformidad con lo establecido en los artículos 48 ordinal 8º y 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 108 ordinal 5° del Código Penal. En perjuicio del Ciudadano JUAN JOSE GUANIPA, venezolano, titular de la cédula de identidad N°-13.300.738, domiciliado en el Barrio 12 de Octubre, Caño Seco II, Avenida 02, casa N°- 03, El Vigía, Estado Mérida. Se fundamenta la presente decisión en los artículos que han sido mencionados a lo largo de la misma. Y así se decide. Notifíquese a las partes, al Imputado Notifíquese de confor.....