REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Ejido, veintisiete (27) de febrero de dos mil nueve (2.009).-
198° y 150°
Visto el auto dictado en fecha diecisiete (17) de febrero del año en cuso, y el cual riela a los folios nueve (09) y diez (10), del presente expediente, en donde este Juzgado, se declaro INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO, para seguir conociendo de la presente demanda incoada por el ciudadano Abogado en Ejercicio ALFREDO ENRIQUE PAREDES CEGARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 4.321.178, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 42.747, residenciado en la Av. Principal de Santa Juana, con vereda B-2, casa N° 34, del Municipio Libertador del Estado Mérida y jurídicamente hábil, actuando como Apoderado Judicial de la ciudadana CLAUDIA DEL SOCORRO MARTINEZ MARTINEZ, venezolana,, mayor de edad, titul.....