Decisión
Por las razones que anteceden, este Tribunal de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo establecido en el artículo 479, ordinal 1°, del Código Orgánico Procesal Penal y 105 del Código Penal, declara la extinción de la responsabilidad criminal del ciudadano EDUAR ALEJANDRO GARCÍA, sin cédula de identidad, fecha de nacimiento 06-10-80, de 24 años de edad, sin ocupación definida, natural de la Fría Estado Táchira, soltero, residenciado en el Aguas Calientes, Sector San Eduvigis, más abajo de la parada, casa sin número, Ejido, Mérida Estado Mérida, hijo de. María Concepción García y Luís Parra. Así se decide.
Se acuerda notificar a las partes y remitir las actuaciones al archivo judicial en el lapso legal correspondiente, para su guarda y custodia.