Por auto esta fecha se fundamenta decisión dictada el 19/10/2011, en la cual se ACUERDA LIBRAR ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del penado LARWIS ANTONIO ALTUVE SÁNCHEZ, venezolano, de 20 años de edad, no posee cédula de identidad, natural de El Chivo Estado Zulia, nacido en fecha 08/09/1991, soltero, de oficio platanero, hijo de Ángel Antonio Altuve (v) y de Ana Sánchez (v), con cuarto grado de educación primaria, domiciliado en la invasión Villa Milenio, calle 02, cerca del ancianato, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida; sentenciado a cumplir la pena de UN (01) AÑO y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, en perjuicio de EL ORDEN PÚBLICO. Se acordó notificar a la Fiscalía del Ministerio Público y a la Defensa.-