III
PARTE DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Inadmisible la acción judicial contentiva de partición de bienes hereditarios, interpuesta por los ciudadanos DANIEL JESÚS SULBARÁN GARRIDO, MARÍA ELVINA SULBARÁN GARRIDO, JOSÉ GABRIEL SULBARÁN GARRIDO, MARÍA ESTHER SULBARÁN GARRIDO, BERTA NOEMÍ SULBARÁN GARRIDO, ANA EDICTA SULBARÁN GARRIDO, MARÍA GENARINA SULBARÁN GARRIDO, NANCY COROMOTO SULBARÁN GARRIDO y EMMA BETTY SULBARÁN GARRIDO, en la cual la ciudadana MARÍA ELVINA SULBARÁN DE RAMIREZ, sin ser abogada, actúa en su propio nombre y como apoderada de los ciudadanos ANA EDICTA SULBARÁN GARRIDO y JOSÉ GABRIEL SULBARÁN GARRIDO, y que la ciudadana MARÍA ESTHER SULBARÁN DE SALCEDO, sin ser abogada, actúa en nombre propio .....