L A D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE ME OTORGA LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, EL DIVORCIO solicitado por los ciudadanos AIXA KENYA DIAZ PARRA Y ANGEL MAYKOLL CONTRERAS SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad Nº V-18.637.268 Y V-18.902.032 respectivamente, de este domicilio y hábiles, asistidos por la abogado Ramón Elías Rodríguez Andrade, titular de la cedula de identidad Nº V- 14.589.468, inscrita en el I.P.S.A Nº 115.345, de este domicilio y hábil, en el cual solicitan el DIVORCIO conforme a la previsión contenida en el artículo 185 del Código Civil Venezolano en concordancia con la Sentencia emanada del la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 09 de Diciembre de 2016, la solicitud formulada y consecuencialmente, declara la DISOLUCION DEL .....