PRIMERO: CON LUGAR la oposición formulada por la abogado MARLY G.ALTUVE UZCATEGUI, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada EMPRESA LA CUCARACHA ATHLETIC CENTER C.A, respecto del Decreto la Medida de Embargo Preventivo emitido por el Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida.
SEGUNDO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento SE SUSPENDE EL DECRETO DE LA MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO, proferido por el (Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida), expediente el cual actualmente sigue este Tribunal POR COBRO DE BOLIVARES POR DAÑOS Y PERJUICIOS interpuesto por la empresa SUPPLY CONSTRUCCIONES 2000 C.A., contra la empresa LA CUCARACHA ATHLETIC CENTER C.A.
TERCERO: Por la naturaleza del fallo no hay especial condenatoria en costas.
CUARTO: Por cuanto la decisión sale dentro del l.....