Por consecuencia, tomando en consideración lo anteriormente expuesto este Tribunal de Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, Extensión el Vigía, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO:CONDENA al acusado ROBERTO CARLOS PEÑA, titular de la cédula de identidad N° 15.235.602, natural de Caracas Distrito Capital, nacido en fecha 17/09/1978; de 47 años de edad, estado civil, soltero, grado de instrucción: bachiller, de profesión u oficio Mecánico Dissel, hijo de Elba Peña Riva (v) y de Seferino Peña Guzmán (f) residenciado en la Pedregosa, sector Brisas de Onia, calle principal, casa S/N, con paredes de bloques sin frisar al lado del Taller del señor Daniel, Parroquia Presidente Páez, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, teléfono no posee, a cumplir la pena de CATORCE (14) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley, por .....