Primero: El penado LUIS ADOLFO MATA SILVA, fue detenido preventivamente en fecha 15/08/2005, permaneciendo detenido hasta el día (29-08-2006), fecha en que se fugo del Centro Penitenciario de los Andes, evidenciándose que permaneció recluido, por un tiempo de UN (01) AÑO, Y CATORCE (14) DIAS.
Segundo: En fecha 03-07-2009 fue capturado en la ciudad de Caracas y en fecha 08-07-2009 el ciudadano LUÍS ALFONSO MATA SILVA, fue puesto a la orden de este tribunal, quién permanece detenido hasta el día de hoy, 28-07-2009, ello por un lapso de: veinticinco (25) días, tiempo que sumado al anterior hace un total de pena cumplida de un (01) año, un (01) mes y nueve (09) días de presidio.
Tercero: y por cuanto fue condenado a sufrir la pena de SIETE (07) AÑOS, ONCE (11) MESES, DIECISEIS (16) DIAS Y DOCE (12) HORAS DE PRESIDIO, al descontar de la totalidad de la pena impuesta el tiempo que ha estado detenido, razón por la cual le falta por cumplir SEIS (06) AÑOS,.....