En consecuencia, este Juzgado reafirma su competencia para seguir conociendo de la presente causa y se mantiene en el estado que se encontraba, es decir en estado de dictar la sentencia definitiva que corresponda; por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, NIEGA la solicitud de declinatoria de competencia formulada por el abogado JOSÉ ALFONSO MÁRQUEZ PEREIRA, apoderado judicial de la parte demandada, por los fundamentos expuestos en la presente decisión; en consecuencia, se RATIFICA la COMPETENCIA de este Juzgado para conocer y decidir la demanda de Nulidad de Asiento Registral que cursa en el presente expediente N° 11.404; y se ORDENA continuar con el trámite procesal de la causa, encontrándose en estado de dictar sentencia definitiva.------.....