DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Se Dicta Orden de Aprehensión a los penados: PEDRO ENRIQUE VEGA VILLASMIL, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 18.498.916, GREGORIO ALEXANDER SANTIAGO RIOS, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 18.949.697, JOSE GUZMAN VILLASMIL, venezolano, no posee cedula de identidad y EDUARDO VEGA VILLASMIL, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 25.707.092, residenciados en San Rafael Alcazar, rancho de tabla, al lado de la Escuela, Estado Mérida, teléfono 0426-7734530, quienes fueron condenados a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de Ley, previstas en el artículo 16.1 del Código Penal, por la comisión del los delitos de BENEFICIO INDEBIDO DE GANADO MAYOR AJENO Y HUR.....