ESTE TRIBUNAL DE CONTROL Nº 05 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: El sobreseimiento de la presenta causa, de conformidad con el artículo 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, seguida al ciudadano JAIRO CHACÓN RAMIREZ, venezolano, de cuarenta y tres años de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.201 .630, por el delito de ABUSO GENERICO DE FUNCIONES, previsto y sancionado en el artículo 67 de la Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público, vigente para el momento de los hechos, figurando como víctima el ciudadano ALIRIO ELIMENES MONZON HERNANDEZ, titular de la cédula de Identidad N° V-3.764.402; por cuanto el hecho objeto del proceso no se realizó. SEGUNDO: No realizar la audiencia señalada en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, por no ser necesaria debatir los fundamentos de la solicitud Fiscal, por cuanto la pres.....