DECISIÓN
ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSION EL VIGIA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PRIMERO: Declara con lugar la aprehensión en situación de flagrancia del ciudadano ATILANO PEREZ, venezolano, de 55 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 23.040.870, natural de Bogota, Colombia, nacido en fecha 04-03-1954, soltero, estudió segundo año de bachillerato, vigilante, hijo de Josefa Pérez (f) y de padre Benigno Pinto (f), domiciliado en el Sector Caracoli, Km 38, vía Santa Bárbara, calle 01, cerca de la licorería buen trago zuliano, por estar llenos los extremos del articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal y 93 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: Se precalifica la conducta delictual del imputado de autos como LESIONES GRAVISIMAS, previsto y sancionado en el artícul.....