Se declara liquidada la comunidad de bienes gananciales en los siguientes términos: El ciudadano JESÚS ZAMBRANO DELGADO, manifiesta a este Tribunal que asume responsablemente y en forma espontánea, la totalidad de la deuda que se tiene sobre el inmueble adquirido en forma conjunta con quien fuese su esposa ciudadana ONELIA ARBENIS PEÑA VILLARREAL, sobre el inmueble ubicado en el camino que conduce a la Aldea Santa Bárbara, enlace con la Avenida Las Américas, Parroquia El Llano Municipio Autónomo Libertador del Estado Mérida, un apartamento distinguido con el número 4-D del Edificio 4, Cuarto Piso, con un área aproximada de ochenta metros cuadrados (80 mts2), consta de tres habitaciones, dos baños, sala-comedor, cocina, oficios y un puesto de estacionamiento distinguido con el número 15. El inmueble antes descrito posee una hipoteca con el Banco Mercantil (Banco Universal) por el otorgamiento de un crédito de Ley de Política Habitacional, la cantidad de DIECIOCHO MILLONES DE BOLÍVARES (.....