PRIMERO: CON LUGAR la acción por reconocimiento de unión concubinaria interpuesta por la ciudadana OMAIRA RAMÍREZ LÓPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número 8.022.374, domiciliada en la ciudad de Mérida, estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, en contra de los ciudadanos JOSÉ BENJAMIN SALAZAR IBARRA, LENIS JOSEFINA SALAZAR IBARRA, MIGUEL ARCANGEL SALAZAR IBARRA y URIBELLA DEL CARMEN SALAZAR RAMÍREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad números 10.713.609, 10.105.598, 11.960.024 y 20.431.122 respectivamente, domiciliados en la cuidad de Ejido, Municipio Campo Elías del estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábiles, en su carácter de hijos del causante MIGUEL ARCÁNGEL SALAZAR DÁVILA, quien falleció en fecha 09/MARZO/2022, de conformidad con lo establecido en el artículo 767 del Código Civil Venezolano, en concordancia con el artículo 77 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y Jurisprudencias c.....