En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO intentada por los ciudadanos MIGUEL ANTONIO PÉREZ y OLGA MARGARITA GUTIÉRREZ ORTEGA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad números V-2.996.762 y V-7.887.671, respectivamente, domiciliados el primero en Residencias Gavidia, Torre 1, Piso 5, Apartamento N° 5B, Sector Santa Bárbara, Jurisdicción de la Parroquia Caracciolo Parra Pérez, Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida y la segunda en la Calle el Búho con la vía principal de la Pedregosa, casa N° 1, Jurisdicción de la Parroquia Lasso de la Vega, Municipio Libertador del Estado Bolivaria.....