Se declaró INADMISIBLE la apelación interpuesta el 5 de octubre de 2015, por el abogado EURO LOBO, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada ciudadano HERNÁN HELI ANGARITA, representante de la empresa mercantil CORRETAJE DE SEGUROS, contra la decisión de fecha 1° del mismo mes y año, dictada por el JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRÉS BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, en el juicio seguido en contra el apelante por la ciudadana CENAIDA DEL CARMEN VELÁSQUEZ DE PINEDA, por desalojo.