El Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: Primero: ORDENA MANTENER LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL DE LIBERTAD del ciudadano HÉCTOR GUSTAVO AVENDAÑO ZAMBRANO, quien es, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n° 10.104.691, de 41 años de edad, con fecha de nacimiento 22/02/1066, soltero, de ocupación tapicero, por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL AGRAVADO Y CONTINUADO en perjuicio de la adolescente ELIZABETH CAROLINA AVENDAÑO ESCALONA, contemplado en los artículos 260 y 259 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del adolescente; medida que será cumplida en el Internado judicial Los Andes; Segundo: ORDENA TRAMITAR LA CAUSA POR EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, debiendo remitir las actuaciones al despacho fiscal de procedencia, una vez firme la presente decisión. Líbrese la correspondiente boleta de encarcelación. El fundamento .....