Por lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la presente solicitud.
Como consecuencia de la anterior declaratoria, se declara RECTIFICADA la Partida de Nacimiento del ciudadano CONTRERAS QUINTERO, RAFAEL ANGEL, inserta por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Eloy Paredes, Municipio Abispos Ramos de Lora del Estado Mérida, en el sentido de que en lo sucesivo aparezca inserto correcto lo siguiente: Debe corregirse en la Partida de Nacimiento expedida por ante de la oficina de Registro Civil de la parroquia Eloy Paredes, Municipio Obispos Ramos de Lora del Estado Mérida, lo siguiente: Que se transcribió erróneamente el nombre del ciudadano Contreras Quintero, Rafael Angel, y en su lugar se escribió así: ¿RAFEL ANGEL¿, y debe aparecer así: ¿ RAFAEL .....