EN FUERZA DE LAS ANTERIORES CONSIDERACIONES, ESTE JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO N° 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: Se decreta el sobreseimiento de la presente causa seguida al imputado EDDEERZON ALEXANDER GARCÍA SÁNCHEZ venezolano, natural de Mérida, mayor de edad, de 18 años de edad, nacido en fecha 06/05/1990, soltero, ocupación u oficio Obrero, titular de la cédula de identidad N°. V-20.431.744, hijo de Ana María Sánchez Camacho y padre desconocido residenciado en: Av. Bolívar, Calle Rondón, casa N° 01, Punto de referencia frente al Taller Grúas y Transporte Owa, Ejido Estado Mérida; Teléfono 0424-7531546, de conformidad con lo previsto en los artículos 49.7 y 300 .3 del Código Orgánico Procesal Penal. Por ende, se declara terminado el presente procedimiento. Así se decide con base en lo dispuesto en los artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 13, 46, .....