DISPOSITIVA
Este Tribunal en funciones de Juicio Nº 01 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, de conformidad con el artículo 603 de la Ley Orgánica para la protección del Niño, Niña y adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República por Autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: CONDENA como coautor al adolescente OMITIDA, por la comisión de los delitos de el delito de ROBO AGRAVADO, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO Y PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD previsto en el artículo 174, 458, 275, 277 y de Código Penal, sancionado en el artículo 620 literal "f" y 628 parágrafo segundo letra "a" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente a cumplir la sanción de DOS (02) AÑOS DE PRIVACION DE LIBERTAD que deberá cumplir en el Instituto Nacional del Menor, seccional, Mérida. Líbrese Boleta de privación de libertad.
SEGUNDO: En atención al principio Constitucional de gratuidad de la Justicia no se conde.....